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- El Cliente debe acercarse al Departamento de Programación Quirúrgica con los siguientes documentos:
– Factura Original.
– Una copia a color de la Cédula de Ciudadanía del Cliente.
– Una copia a color de la Cédula de Ciudadanía de la persona a nombre de quien se debe emitir el cheque.
– Una copia a color de la Cédula de Ciudadanía de la Persona Autorizada para retirar el cheque. - El Cliente debe completar el formulario “Solicitud de Devolución de Dinero” con asesoría del Programador de Cirugías y entregárselo junto con la documentación detallada en el Punto 1.
- En un plazo no mayor a 20 días hábiles, el Programador de Cirugías debe comunicarse con el Cliente para que la Persona Autorizada se acerque a retirar el cheque respectivo.
- La Persona Autorizada debe acercarse en los días y horarios de atención que hayan sido indicados previamente, además debe presentar su Cédula de Ciudadanía original y firmar el recibido en el Comprobante de Entrega.
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- Las devoluciones de dinero solo se efectuarán con cheque y siempre que la cirugía no se haya realizado.
- En el caso de que el Cliente solicite devolución de dinero por motivos externos a la Institución, se descontará el 10% por concepto de Gastos Administrativos.
- De ser el caso, se descontará la cantidad correspondiente a servicios que ya hayan sido entregados a la fecha de la Solicitud de Devolución de Dinero.
- En los casos que la factura tenga una fecha de emisión de hasta hace 360 días, la devolución de dinero se realizará en un plazo no mayor a 20 días, contados a partir de la fecha de la Solicitud de Devolución de Dinero.
- En los casos que la factura tenga una fecha de emisión de más de 360 días, la devolución de dinero se realizará en un plazo de hasta 6 meses, contados a partir de la fecha de la Solicitud de Devolución de Dinero.
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En el caso que el Cliente haya fallecido o que tenga una incapacidad permanente que le impida firmar, el Cónyuge podrá realizar el trámite a nombre del Cliente, pero además de lo detallado en el Punto 1., debe adjuntar lo siguiente:
- Una copia a color de la Cédula de Ciudadanía del Cónyuge del Cliente.
- La documentación que acredite el fallecimiento o la incapacidad permanente del Cliente.
En el caso que ni el Cliente ni su Cónyuge puedan firmar, sea por fallecimiento o por incapacidad permanente, un Hijo podrá realizar el trámite a nombre del Cliente, pero además de lo detallado en el Punto 1., debe adjuntar lo siguiente:
-
- Una copia a color de la Cédula de Ciudadanía del Hijo del Cliente.
- Una copia a color de la Cédula de Ciudadanía del Cónyuge del Cliente.
- La documentación que acredite el fallecimiento y/o la incapacidad permanente del Cliente y de su Cónyuge.
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